Asesorías para tramitar tu comparendo en poco tiempo

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¿Qué es un comparendo?

Un comparendo es un acto administrativo mediante el cual se notifica a una persona que ha cometido una infracción a las normas de tránsito. Es un documento oficial que informa al presunto infractor sobre la presunta falta cometida, la fecha, hora y lugar de la misma, la norma infringida y la sanción que le corresponde.

¿Por qué es necesario pagar un comparendo?

En Colombia, el pago de un comparendo es una medida necesaria establecida por las leyes para garantizar el cumplimiento de las normas de tránsito y otras regulaciones. Estas sanciones están respaldadas por el Código Nacional de Tránsito, así como por otras disposiciones legales y reglamentarias. El pago de un comparendo es necesario para promover la seguridad vial y reducir el número de accidentes en las carreteras colombianas. En caso de no pagar el comparendo las sanciones impuestas son:

  • Multa económica: El valor de la multa varía según la gravedad de la infracción.
  • Inmovilización del vehículo: El vehículo puede ser inmovilizado por la policía de tránsito si no se paga el comparendo.
  • Sanciones pedagógicas: Se pueden imponer cursos de sensibilización o reeducación vial.
  • Registro en el historial de conducción: La infracción quedará registrada en el historial de conducción del infractor, lo que puede afectar su puntaje y la posibilidad de acceder a ciertos beneficios.

En caso de no realizar el pago de un comparendo, las consecuencias de esta acción tendrán como resultado las siguientes sanciones para el infractor:

(Estas sanciones son impuestas al infractor desde la Secretarías de Movilidad de cada municipio)

Aumento del valor de la multa

La multa inicial puede aumentar hasta en un 100% si no se paga dentro de los primeros cinco (5) días hábiles. El porcentaje de aumento puede variar según la ciudad o municipio.

Embargo de bienes

La Secretaría de Movilidad puede iniciar un proceso de cobro coactivo si no se paga la multa después de los 90 días siguientes a la imposición del comparendo. Este proceso puede incluir el embargo de bienes muebles e inmuebles del infractor. Es importante tener en cuenta que el embargo de bienes puede afectar tu patrimonio y tu capacidad para acceder a créditos.

Inmovilización del vehículo

La policía de tránsito puede inmovilizar el vehículo del infractor si no se paga la multa. La inmovilización del vehículo se puede realizar en cualquier lugar donde se encuentre el vehículo. El infractor deberá pagar los costos de grúa y parqueadero para recuperar su vehículo

Imposibilidad de realizar trámites

No se podrán realizar trámites relacionados con el vehículo, como traspaso o renovación de la matrícula, si hay comparendos pendientes. Esta restricción puede afectar tu capacidad para vender o transferir tu vehículo.

¿Cómo puedo pagar un comparendo?

Puede consultar si tiene comparendos de tránsito en los siguientes lugares:

  • En línea: A través de la página web de la Secretaría de Movilidad de la ciudad donde se cometió la infracción.
  • En los bancos autorizados: En las oficinas de los bancos autorizados por la Secretaría de Movilidad.
  • En los puntos de atención de la Secretaría de Movilidad: En las oficinas de la Secretaría de Movilidad de la ciudad donde se cometió la infracción.

¿Cómo puedo impugnar un comparendo?

Si no está de acuerdo con la infracción que le han imputado, puede impugnar el comparendo dentro de los siguientes plazos:

Cinco (5) días hábiles: Si el comparendo se le notificó en persona.

Diez (10) días hábiles: Si el comparendo se le notificó por correo.

Para impugnar un comparendo, debe presentar los siguientes documentos:

Escrito de impugnación: En este documento debe explicar los motivos por los que no está de acuerdo con la infracción.

Pruebas: Si tiene pruebas que demuestren que no cometió la infracción, debe presentarlas con el escrito de impugnación.

¿Dónde puedo consultar si tengo comparendos de tránsito?

Puede consultar si tiene comparendos de tránsito en los siguientes lugares:

  • En línea: A través de la página web de la Secretaría de Movilidad de la ciudad donde reside.
  • En los puntos de atención de la Secretaría de Movilidad: En las oficinas de la Secretaría de Movilidad de la ciudad donde reside.
  • Llamando a la línea de atención de la Secretaría de Movilidad: En la línea de atención de la Secretaría de Movilidad de la ciudad donde reside.

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